Política de Drogas en Costa Rica

POLITICA DE DROGAS EN COSTA RICA



En el vídeo adjunto, Ernesto Cortés nos comenta respecto a problemáticas del país en materia de tratamiento y alternativas para los jóvenes menores de edad involucrados en actividades delictivas relacionadas con narcotráfico. 
Existe una carencia en políticas criminales dirigidas a este grupo de la sociedad, primeramente estableciendo estrategias de prevención para que estos jóvenes no recurran al negocio de las drogas en búsqueda de una mejor calidad de vida, lo que a merita un trabajo desde los sistemas educativos y una mayor atención a la deserción escolar. Además, deben buscarse alternativas al internamiento en una institución penal, ya que este debe ser el último recurso que se utilice para sancionar al menor. La Ley de Justicia Penal Juvenil establece en el artículo 131.: El Juez deberá considerar el sustituir esta sanción por una menos drástica cuando sea conveniente. 

Así como lo menciona Cortés, muchas veces los centros penales se convierten en otra forma de seguir sus hábitos delictivos y la sanción no cumple con el objetivo de reintegrar al joven a su familia y a la sociedad de una forma eficiente, así como lo establece el artículo 44 de a Ley de Justicia Penal Juvenil: "...Asimismo, buscará la reinserción del menor de edad en su familia y en la sociedad, según los principios rectores establecidos en esta ley."

Otra de las problemáticas mencionadas es la persecución a los pequeños vendedores de drogas, encarcelando a los eslabones que son fácilmente reemplazables, sin provocar un daño mayor a la organización de narcotráfico. Por esta razón, en Costa Rica deben implementarse políticas criminales para la desacoplar dichas organizaciones desde los líderes de las mismas. 

Bibliografía: 


Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. 1996. Ley de Justicia Penal Juvenil. 

Video Columna del Programa Libertas, (2017). Analizando la Política de Drogas en Costa Rica[Vídeo YouTube] Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=57tHG3D7ZFw&t=11s

Comentarios

  1. Buenas noches compañera. Me permito aportar que, como bien lo menciona, la restricción de libertad para los menores de edad debe ser la última consideración por parte de los jueces en consideración con los actos que hayan sido cometidos. Servicio comunal, justicia restitutiva son medidas de implementación que se aplican en nuestro país. Sin embargo, ésto debe ser necesariamente acompañado de un tratamiento efectivo psicológico, estudio social y familiar donde se fomente el desarrollo del joven en un ambiente saludable, lo que debe conllevar a un post-monitoreo una vez concluida la etapa aplicada al menor de edad para evitar la reinserción en la problemática juzgada.

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  2. Saludos cordiales compañera:
    En este caso estamos ante una necesidad en la mejora de las Políticas Criminales,en el ámbito represivo, tal como se señala en el video necesitamos una mejora en la proporcionalidad de las penas, pues hay delitos que son castigados severamente sin que su castigo busque una consecuencia positiva en el infractor, por otra parte hay crímenes que merecen mayor condena, para poder trabajar más en el infractor y no se da, así como medidas alternativas a ciertos crímenes, pues como también se dice, en nuestro país todo se soluciona con prisión, pues ante la sociedad es la mejor manera de comunicar al pueblo que se está atacando la criminalidad, sin embargo esto debe cambiar, pues es el sistema está colapsando.

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